Bases legales de la
educación física
L LEY ORGÁNICA DE EDUCACIÓN:
Artículo 12. Se declaran obligatorios la
educación física y el deporte en todos los niveles y modalidades del sistema
educativo. El Ejecutivo Nacional promoverá su difusión y práctica en todas las
comunidades de la nación y establecerá las peculiaridades y excepciones
relativas a los sujetos de la educación especial y de adultos.
CONSTITUCIÓN BOLIVARIANA DE VENEZUELA:
Artículo 111. Todas las personas tienen
derecho al deporte y a la recreación como actividad que benefician la calidad
de vida individual y colectiva. El Estado asumirá el deporte y la recreación
como política de educación y salud pública y garantizará los recursos para su
promoción. La educación física y el deporte cumplen un papel fundamental en la
formación integral de la niñez y adolescencia. Su enseñanza es obligatoria en
todos los niveles de la educación pública y privada hasta el ciclo
diversificado, con las excepciones que establezca la ley. El Estado garantizará
la atención integral de los y las deportistas sin discriminación alguna, así
como el apoyo al deporte de alta competencia y la evaluación y regulación de
las entidades deportivas del sector público y del privado, de conformidad con
la ley. La ley establecerá incentivos y estímulos a las personas, instituciones
y comunidades que promuevan a los y las atletas y desarrollen o financien
planes, programas y actividades deportivas en el país.
Enlace de la ley orgánica del deporte:
http://www.iamdr.gob.ve/descargas/leyorganica_del_deporte_.pdf
CARTA IBEROAMERICANA DEL DEPORTE
ARTICULO Nº1 OBJETIVO DE LA CARTA
Los Gobiernos, con el propósito de fomentar
y difundir el deporte como factor fundamental del desarrollo integral del ser
humano para promover una conciencia deportiva iberoamericana, que genere una
cultura deportiva, que haga del deporte
un bien social y un hábito de vida, implementarán las acciones
necesarias para materializar y llevar a cabo las siguientes disposiciones, que
se consideran constitutivas de la presente carta.
Contribuir para que todos los sectores de
la población tenga acceso a los
beneficios de la práctica de la educación física, el deporte y la recreación:
- Garantizando a todos los niños y jóvenes
la participación en planes y programas de educación física, deporte y
recreación que desarrollen sus potencialidades físicas, morales, éticas e
intelectuales.
- Asegurando a todos la posibilidad de que
practiquen el deporte y actividades físicas y recreativas, en un medio ambiente
seguro y sano.
- Desarrollando con la cooperación de
organismos deportivos, programas prioritarios que favorezcan a niños y jóvenes,
la mujer, la tercera edad, los discapacitados,
los campesinos, los trabajadores y los pueblos indígenas.
- Asegurando a todo deportista que posea
condiciones para el alto rendimiento, la posibilidad de mejorar su capacidad
competitiva y representar a su país en el concierto internacional.
Proteger y salvaguardar las bases morales y éticas del deporte así
como la dignidad humana y la seguridad de los que participan en actividades
deportivas. Velar por la prevención del
uso de sustancias prohibidas, esto dentro del concepto de educación permanente.
-
Desarrollando un código de ética deportiva.
-
Creando en cada estado los mecanismos legales para establecer los
controles de dopaje y utilizando sus propios sistemas de prevención y sanción.
Respetar las condiciones geopolíticas y
ambientales de los países miembros bajo los principios de solidaridad y
dignidad nacional.
Éste articulo trata de fomentar y
garantizar la educación física en todas sus formas y dirigido a todas las
clases o etnias sociales para el desarrollo de competitividad y deseo de
superación deportiva en los individuos, crear y resguardar la conciencia moral
y la ética deportiva entre quienes practican actividades físicas.
ARTICULO Nº 2 DEFINICION DEL DEPORTE
Se entenderá por "Deporte" todo tipo de
actividad física que, mediante una participación organizada, tenga por
finalidad preservar y mejorar la salud
física y mental, el desarrollo social, ético e intelectual con el logro de
resultados en competiciones.
Como el nombre de dicho articulo refiere,
esta ley se encarga de definir lo que es el deporte y qué pretende lograr.
ARTICULO Nº3 FINANCIAMIENTO
Se deberán generar sistemas de
financiamiento y administración eficientes y estables, que permitan desarrollar
políticas y programas que contribuyan al objetivo común de hacer del deporte un
derecho de todos.
El apoyo económico puede tener una base
mixta, de carácter público y privado, además de la capacidad propia del sector
deportivo para generar recursos económicos que permitan su desarrollo.
Éste articulo trata acerca de cómo se debe
mantener económicamente estable el desarrollo del deporte para que sea un
derecho ejercido por todas las personas. También explica que se deben crear
distintos sistemas económicos a través de planes y financiamientos por entes
públicos y privados para el desarrollo y mejoramiento del deporte y de sus
atletas.
ARTICULO Nº4 ORGANIZACIONES DEPORTIVAS GUBERNAMENTALES
Y NO GUBERNAMENTALES
Para la realización de los objetivos de la
presente carta es esencial una estrecha relación entre las organizaciones deportivas gubernamentales
y no gubernamentales.
La aplicación de las diversas disposiciones
de la presente carta puede confiarse a organismos o entidades deportivas
gubernamentales y no gubernamentales.
Explica que la carta iberoamericana es
realizada y aplicable tanto a organizaciones deportivas gubernamentales como a
no gubernamentales.
ARTICULO Nº5 CREACION DE LA BASE
Se garantizará la participación en
actividades deportivas y el acceso a las instalaciones deportivas, sin ninguna
distinción de sexo, raza, color, lengua, religión, opinión política o cualquier
otra situación.
Se velará por que todos los niños y jóvenes
se beneficien a través de programas de deportes formativos y de actividades
recreativas y de educación física, en instalaciones deportivas adecuadas.
Se asegurará la formación de profesores
especialistas calificados y perfeccionamiento, para atender las necesidades del
sector.
Se desarrollarán programas para la
Formación y Perfeccionamiento de Dirigentes, Líderes Deportivos, Técnicos,
Jueces y Árbitros, que garanticen el funcionamiento adecuado de la actividad deportiva.
Se desarrollaran acciones especiales para
que, a partir de los niveles de base, se impartan normas de ética deportiva y
se promueva la práctica del juego limpio.
Aquí se refieren a la creación de
organismos que sirvan a la práctica del deporte sin distinción alguna de raza o
sexo o creencias de cualquier individuo y garantizando que se desarrolle
deportes en áreas adecuadas para la práctica del mismo y a su vez formen
valores éticos y morales impulsando el juego limpio.
ARTICULO Nº6 DESARROLLO DE LA PARTICIPACION
Será prioritario promover y fomentar la
práctica de actividades deportivas, sean estas de carácter formativo y
recreativo, o de alto rendimiento, entre
todos los grupos poblacionales, poniendo a disposición de ellos las instalaciones
adecuadas, programas diversificados y recursos humanos calificados.
Se impulsará la implementación de programas
de participación deportiva en Centros Laborales, contribuyendo al mejoramiento
de la calidad de vida.
En este artículo se habla de lo primordial
que debe ser práctica del deporte en la población y todos sus individuos para
lograr una mejor salud y calidad de vida.
ARTICULO Nº7 ELEVAR EL NIVEL DE LOS
RESULTADOS
Se apoyará e impulsará la práctica del
deporte a niveles más avanzados mediante medios científicos y tecnológicos en
colaboración con los organismos competentes.
Desarrollar programas especiales para
detección y promoción de talentos deportivos.
Apoyar la formación de Centros de Talentos
Deportivos, utilizando las ciencias aplicadas al deporte, para desarrollar
planes de entrenamiento con base científica.
Desarrollar formas de cooperación
internacional en orden a promover vías
de cooperación técnica y coordinación deportiva.
Se refiere al uso de métodos científicos
para la superación de los niveles deportivos en cuanto a elevar lo resultados.
Creación de estudios científicos que aumenten la competitividad y la mejora de
los atletas en sus disciplinas.
ARTICULO Nº8 APOYO AL DEPORTE DE ALTA
COMPETENCIA.
Es tarea ineludible elaborar, en
cooperación con los organismos deportivos pertinentes, métodos para conceder
una ayuda adecuada directa o indirecta para los deportistas de alto nivel, a
fin de apoyarlos para desarrollar todo el potencial de sus capacidades
deportivas y humanas, respetando plenamente sus derechos como persona, su
integridad física y moral.
Se deberá promover la gestión del deporte
organizado, mediante estructuras adecuadas que permita a los deportistas de
Alto Rendimiento insertarse en la sociedad, mediante el desarrollo de
perspectivas laborales y otras, durante
y después de su protagonismo en el Deporte de Alto Nivel, procurando
contar, con un sistema de previsión que les permita desarrollarse con tranquilidad y seguridad una vez que
abandonen la práctica activa del deporte.
Aquí se trata de garantizar a aquellos
deportistas de alto nivel una inserción en la sociedad mediante labores dentro
o fuera del ámbito deportivo para cuando el atleta esté practicando su
disciplina e inclusive cuando ya no pueda seguir realizando su deporte de alto
nivel.
ARTICULO Nº9 CAPACITACION DE RECURSOS
HUMANOS
Se fomentará la capacitación, formación y actualización de los recursos
humanos, que cubran todos los aspectos de la actividad deportiva, en relación
con las necesidades y niveles de la educación física, el deporte y la recreación.
Éste articulo deja muy claro lo que es la
capacitación de personal humano que sirva de apoyo en todos os aspecto de la
educación física.
ARTICULO Nº10 DESARROLLO SOSTENIBLE DEL DEPORTE
Se debe defender o asegurar el desarrollo
sostenible del deporte en las futuras generaciones, por lo cual se requiere que
las actividades físicas, se adapten a los recursos limitados del planeta y que
se realicen conforme a los principios de
una gestión equilibrada del medio ambiente y para ello se debe:
- Tener presente los valores de la
naturaleza y del medio ambiente en el momento de planificar y construir
instalaciones deportivas.
- Apoyar y estimular a las organizaciones
deportivas en sus esfuerzos para conservar la naturaleza y el medio ambiente.
- Velar por que la población tome mayor
conciencia de las relaciones entre el deporte y su desarrollo sostenible y
aprenda a conocer y valorar mejor la
naturaleza.
Aquí se explica que se deben formar valores
ambientales, para que pueda haber un equilibrio entre la creación de aéreas
deportivas y el cuidado ambiental, a fin de preservar el planeta para que las
generaciones futuras puedan tener un desarrollo del deporte, se trata de
valorar y cuidas el entorno que nos rodea y a preservarlo y cuidarlo.
ARTICULO Nº11 INFORMACION E INVESTIGACION
Se implementarán medios y estructuras
adecuadas para reunir y difundir información y documentación pertinentes sobre
el deporte a los niveles nacionales e internacionales.
Se impulsará la investigación científica en
todos los temas que se refieran al deporte.
Se tomarán medidas para asegurar la
difusión y el intercambio de informaciones y resultados de investigaciones.
Lo que refiere este artículo es de crear
bases de datos acerca de cada disciplina del deporte para que se realicen estudios
e investigaciones científicas y a su vez toda la información recabada sea
compartida y analizada a nivel nacional e internacional.
ARTICULO Nº12 COOPERACION NACIONAL E
INTERNACIONAL
Se promoverá la creación de estructuras
necesarias para la coordinación, intercambio y promoción del deporte entre las
administraciones y organismos vinculados al deporte.
Los Gobiernos comprometerán su
participación institucional, de manera tal que la cooperación, en el campo del
Deporte Iberoamericano, sea permanente y efectiva.
De lo que se habla en este artículo es
sobre la cooperación entre gobiernos nacionales e internacionales para que la
práctica y difusión del deporte sea permanente, a través de organismos
vinculados directamente al deporte.
2. Conceptos de educación
física
La Educación Física es un eficaz
instrumento de la pedagogía, por cuanto ayuda a desarrollar las cualidades
básicas del hombre como unidad bio-sico-social. Contribuye al accionar
educativo con sus fundamentos científicos y sus vínculos interdisciplinarios
apoyándose entonces en la filosofía, la psicología, la biología, etc.
También podemos decir que la educación
física es un módulo escolar basado en deportes y actividades grupales, así
también como entrenamiento e incorporación deportiva. En la educación física se
toma en cuenta tanto la contracción armónica de músculos como el espíritu de
competición (perder o ganar) Los deportes son prueba de juegos tomados
seriamente, con reglas que deban respetarse. Si uno de los alumnos no respeta estas
reglas, es rebelde. Mucha gente define a la educación física con "correr y
jugar al vóley" pero es más que hacer un deporte. La participación grupal
y entendimiento en un juego desarrolla la mentalidad del alumno. La enseñanza
de los músculos y huesos es imprescindible. Es decir, la educación física nos
enseña a tomar en cuenta que nuestros dotes como seres humanos también son los
de poder razonar para jugar y usar los tejidos del cuerpo.
Conceptos de recreación
Con origen en el término latino recreativo,
la palabra recreación define a la acción y efecto de recrear. Por lo tanto,
puede hacer referencia a crear o producir de nuevo algo. También se refiere a
divertir, alegrar o deleitar, en una búsqueda de distracción en medio del
trabajo y de las obligaciones cotidianas.
Por lo tanto, la recreación es el uso del
tiempo que se considera como un refresco terapéutico del cuerpo y de la mente.
La recreación implica una participación activa del sujeto, a diferencia del
ocio que refiere generalmente al descanso
o a otra forma de entretenimiento más relajada.
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